Estatutos del 15.01.1994 según enmendado el 18.09.1995

§ 1 Forma legal
La asociación se denomina QUARTS e.V. (Querformat Art Support). Tiene su sede en Berlín y sirve de forma exclusiva y directa para fines benéficos en el sentido de la regulación de derechos.

§ 2 Propósito de la Asociación / Beneficencia
1. El propósito de la asociación es la creación de condiciones espaciales y organizativas para eventos artísticos y culturales, en particular la organización de exposiciones y proyectos culturales, así como la realización de actividades artísticas y culturales para niños, jóvenes y adultos. Un foco de la actividad de exposición y proyecto radica en la discusión con el arte exterior europeo y el apoyo de artistas de estos países.
2. Los fondos de la asociación solo se pueden usar para los fines de su uso previsto. Los miembros no reciben ningún beneficio compartido ni donaciones de los fondos de la asociación.
3. Solo se persiguen fines sin fines de lucro para la promoción del arte y la cultura. La asociación es desinteresadamente activa; no persigue ningún propósito económico. Si, no obstante, los beneficios se obtienen dentro del alcance de sus actividades, estos también pueden usarse solo a los fines de la ley. En el caso de la retirada o la disolución de la asociación, solo se puede reembolsar el valor común de las contribuciones en especie. Ninguna persona puede beneficiarse de los gastos que son ajenos al propósito de la asociación o que son desproporcionadamente altos.
4. El club debe estar registrado en el registro de la asociación.

§ 3 Membresía
1. Los miembros de la Asociación solo pueden ser personas físicas. El requisito previo para una membresía regular es una participación activa en el programa de la asociación en forma de cursos, participación en proyectos artísticos, exposiciones, etc. Eventos de la asociación.
2. Además de las personas físicas, los miembros sin derecho a voto también pueden ser personas jurídicas, así como asociaciones no jurídicas y empresas de derecho civil.

§ 4 Adquisición y terminación de la membresía
1. Un miembro de la asociación puede convertirse en quien esté de acuerdo con sus objetivos y está obligado a pagar la contribución anual. La membresía es por declaración escrita de membresía.
2. La membresía terminará: a) por renuncia, que se declarará por escrito al Consejo a fines de mes, b) por disolución de la Asociación, c) por exclusión. La exclusión puede ser decidida por la Asamblea General con el consentimiento de la mayoría de todos los miembros de la Asociación por el incumplimiento de los intereses de la Asociación
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§ 5 Membresía y cuotas de membresía
1. Los derechos de membresía pueden ser ejercitados tanto en persona como por un representante designado.
2. La Junta General de Accionistas determinará las tarifas de membresía por un año financiero en cada caso.

§ 6 Órganos de la Asociación
Los órganos de la Asociación son la Asamblea General (§ 7) y la Junta Ejecutiva (§ 8).
 
§ 7 Asamblea General
1. La Asamblea General Anual se lleva a cabo según se requiera, sin embargo, al menos una vez por año calendario. El lugar y la fecha serán determinados por la Junta. El Consejo de Administración llamará a la reunión por escrito indicando la agenda y asumiendo un período de notificación de dos semanas. El Consejo de Administración está obligado a convocar una junta general cuando lo solicite al menos un tercio de los miembros o si lo requiere el interés del club.
2. Las resoluciones de la Asamblea General Anual requieren una mayoría simple de los miembros presentes. Todas las resoluciones de la Asamblea General es hacer un registro escrito, su precisión tiene que ser confirmado por las firmas del presidente y el secretario de grabación. Las decisiones se comunicarán de forma adecuada a los no miembros.
3. Entre las otras tareas de la Asamblea General:
a) Elección y destitución del Consejo de Administración
b) Aprobación del informe de actividad y del presupuesto
c) Resoluciones sobre modificaciones a los Artículos de incorporación
d) Elección de cajero
e) Elección del secretario
f) Decisiones sobre la disolución de la Asociación

§ 8 Junta directiva
1. El Consejo de Administración estará compuesto por el Presidente y el Vicepresidente.
2. El Consejo de Administración es elegido por la Asamblea General Anual por un año. Los miembros del Consejo de Administración serán elegidos en elecciones separadas. Un candidato es elegido cuando reúne la mayoría de los votos. Si no se puede formar una junta de directores completa después de esta votación, los candidatos restantes serán reelegidos. En esta segunda votación, se seleccionan aquellos candidatos que tienen más probabilidades de recibir la mayor cantidad de votos. La Junta General Anual solo puede decidir sobre la elección de un Consejo de Administración antes de que finalice su mandato si previamente se ha comunicado una solicitud correspondiente a todos los miembros junto con la invitación a la Junta General Anual.
 
§ 9 Enmiendas a los Artículos
Las enmiendas a los Artículos de Incorporación solo pueden ser decididas por la Junta General con una participación de 2/3 del total de miembros.
 
§ 10 Disolución de la Asociación
La disolución de la asociación solo puede decidirse mediante una reunión de miembros convocada expresamente para este fin. La disolución de la asociación requiere la aprobación de 3/4 de los miembros presentes. Las decisiones sobre el uso futuro de los activos solo se pueden ejecutar después de la aprobación de las autoridades fiscales. En el caso de la disolución de la asociación o la supresión de la condición privilegiada de impuestos, los activos solo se pueden usar directa y exclusivamente con fines benéficos.

 

Junta directiva

Ralf ZiebellNorbert Weitel

   
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